Inicio - eluniverso.com Noticias del Ecuador y del mundo
JUEVES | 12 de abril del 2007 | Guayaquil, Ecuador
 Ediciones Anteriores
  
eluniverso.com Suplementos Especiales Servicios Clasificados
Publicidad
Portada
Política
Economía
Sucesos
Migración
El País
Internacionales
Deportes
El Gran Guayaquil
Vida
En escena
Religiosa y Obituarios
Opiniones
Editorial
Columnistas
Cartas al Director
Temas
Fotogalerías
Agropecuario
Cuéntamelo todo
Un día como hoy
The New York Times
Eloisa dice
Suplementos
Servicios
eluniverso.comPolítica
politica@eluniverso.com

Estatuto para ir a votar el domingo, descifrado

ampliar imagen ampliar imagen

LA PUNTILLA, Guayas. Miembros del Movimiento de Integración Humanista Cristiana, afín a la UDC, repartieron ayer hojas volantes para promocionar el No.
Mas fotos de la noticia Imprimir esta noticia Enviar noticia por e-mail
Recursos
GRAFICOS GRAFICOS

Noticias Relacionadas
Noticia relacionada Guía para entender la consulta del 15 de abril

Abril 12, 2007

Constitución. Hay  discrepancias  sobre si todo lo que se decida  se deberá aprobar en consulta.

A tres días de la consulta popular que definirá la instalación de una Asamblea Constituyente persisten las dudas respecto a algunos puntos del estatuto.

Una de las principales inquietudes se relaciona a los plenos poderes de la Constituyente. ¿Sus decisiones serán de cumplimiento inmediato o, por el contrario, al igual que el nuevo texto de la Constitución, estas también deberán ser aprobadas en un posterior referéndum?

Los analistas discrepan en este punto, pues el propio estatuto que normará la instalación y funcionamiento de la Asamblea es poco claro al respecto.

Es una de las inquietudes más comunes o, al menos, una de las más polémicas: ¿los plenos poderes le quitan cualquier freno a la Asamblea Constituyente?

El Gobierno resalta que, en todo caso, la nueva Constitución solo podrá entrar en vigencia si es que el texto se aprueba en un posterior referéndum.

¿Qué pasará si, por ejemplo, la Asamblea declara  cesantes a los diputados, los magistrados y  al Primer Mandatario? ¿Tendrán que retirarse enseguida o deberán esperar un pronunciamiento popular en las urnas?

"Habrá decisiones de cumplimiento inmediato, por ejemplo, destituir a la Corte o al Congreso, sin que nadie pueda impugnar, a no ser que sea ante la misma Asamblea que podría rectificar", opina Ernesto López, ex presidente del Tribunal de Garantías Constitucionales, quien basa su postura en los plenos poderes de la Constituyente.

El estatuto que normará la elección, instalación y funcionamiento de la Constituyente tiene su versión. "La transformación del marco institucional del Estado y la nueva Constitución solo entrarán en vigencia con la aprobación en referéndum de la nueva Constitución", señala el art. 1 del reglamento.

Dentro del marco institucional se encuentran las dependencias de las funciones Legislativa, Ejecutiva y Judicial; los organismos electorales; los de control y regulación; entidades del régimen seccional autónomo; organismos creados por la Constitución, entre otros más.

Transformar este marco institucional hace alusión a modificar la estructura, integración y funcionamiento del Estado.

Pero, más adelante, en el  art. 23, se indica que -una vez aprobada la nueva Constitución y dentro de los 45 días siguientes- el Tribunal Supremo (TSE) convocará a un referéndum para que se apruebe o rechace el texto de la nueva Carta Política por, al menos, la mitad más uno de los sufragantes. Ya no dice nada de la transformación del marco institucional.

El constitucionalista Jacinto Velázquez  piensa que no era necesario repetir en el art. 23 que la transformación del marco institucional entrará en vigencia si se aprueba en   referéndum. "Se entiende que, al haberse redactado la  nueva Constitución, se cambió el marco".

El analista Jaime Damerval, sin embargo, considera que   el estatuto, tal y como está concebido, lleva a los ciudadanos a pensar que es una amenaza. "Hay un inmenso temor por los plenos poderes, frase no necesaria. Eso desalienta... Una reforma al estatuto aún es posible y el Presidente debe hacerlo".

DETALLES: Plenos poderes

Autodeclaración
Para León Roldós, lo que resuelva la Asamblea debe entrar en vigencia solo si se aprueba en referéndum, pero "no sería nada extraño que se autodeclare de plenos poderes inmediatos".

Encuesta
Según una encuesta de Perfiles de Opinión contratada por este Diario, el 37,5% de los consultados (532 en total) no conoce qué significan los "plenos poderes".

 Agenda
Guayaquil
SEMINARIO

El Colegio de Contadores Bachilleres y Públicos invita al seminario 'Especialización en los anexos transaccionales exigidos por el SRI y reformas laborales, limitaciones y contenidos del programa, contribuyentes, rol de pago, contrato individual', que se realizará del 16 al 21 de abril. Informes al 240-2681.
Dirección: Av. Olmedo y Boyacá.
Hora: 19:00 a 21:00.

Más Actividades 
Secciones : Política | Economía | Sucesos | El País | Internacionales | Deportes | El Gran Guayaquil | En escena | Vida
eluniverso.com | Suplementos | Especiales | Servicios


eluniverso.com Noticias del Ecuador y del mundo
Diario El Universo - Av. Domingo Comín y Calle 11 - Guayaquil, Ecuador
Telf.: 593 4 2490000 Fax: 593 4 2492925 P.O. Box: 09 01 0531

Este diario es miembro de AEDEP, SIP, WAN

© Derechos Reservados Compañía Anónima EL UNIVERSO. Todos los Derechos Reservados