74 cantones del país han conformado sus consejos de la niñez; Guayaquil, no.
A Nixon Ruiz, juez tercero de la niñez y la adolescencia, le sorprende que casos como el de Adrián, de 8 años de edad, se den sin reparos en hogares de acogimiento del estado, como el Infanto de varones de Guayaquil, en el que el pequeño se encuentra hace tres semanas.
Es la cuarta vez en 11 meses que Adrián, un niño con hidrocefalia y retardo mental, es recibido en el hogar. Cada vez que la directora del centro lo envía de vuelta a su casa en el sector del Paraíso de la Flor, donde ya el carro de la entidad, dice, "llega con los ojos cerrados", no pasan dos semanas y el pequeño vuelve a las calles. Allí, los operativos de la Dinapen, lo llevan de regreso al hogar de niños.
Adrián cuenta que su mamá lo bota de la casa, que no hay comida suficiente para él, por eso, dice, se va a la calle.
"Estamos por elevar una orden a los jueces para que tomen medidas, pues el año pasado tuvimos al niño un número similar de veces", relata Silvia Cisneros, directora del centro que pertenece a la Subsecretaría de Bienestar Social.
La irregularidad, según Ruiz es grave, pues de acuerdo al Código de la Niñez y la Adolescencia, vigente desde el 2003 en el país, la notificación del centro a los juzgados debe ser inmediata, "y no cuando llegan las reincidencias, pues el juez debe ordenar que se investigue cada caso, aunque los padres aparezcan a las 24 horas", explica.
Incluso si el niño se soltó de la mano de sus padres entre la gente, señala Ruiz, "pues el descuido o la negligencia también es una forma de maltrato", analiza Patricia Calero, asesora del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia en Quito.
Concejos Cantonales
Pese a que ya son 74 los concejos cantonales de la niñez y la adolescencia que se han formado hasta inicios del presente mes, en Guayaquil no se ha creado aún ni siquiera una Junta Protectora de los derechos de los niños, tal como se etipula en el Código de la Niñez.
Si bien esto no invalida el cumplimiento regular del cuerpo legal, para Margarita Velasco, secretaria técnica del Observatorio de los derechos de la niñez y la adolescencia, resulta "inexplicable", que un alcalde como Jaime Nebot y el Cabildo de una ciudad como esta, no se esmeren en crear esta institución, "cuando se nota la preocupación que tienen por la niñez en peligro", acota.
Si bien el código en su artículo 201 señala que los concejos cantonales son organismos colegiados integrados por representantes del Estado y de la sociedad civil, es el alcalde quien los preside y el responsable de su convocatoria.
Playas, Pedro Carbo, Azogues, Tulcán, Piñas, Pasaje, San Cristóbal, Mocache, Patate y Otavalo tienen entre otros, un concejo cantonal mientras Guayaquil, con mayor número de población infantil, mantiene en espera su creación.
La dificultad, según Velasco, es que no se cuantifica con regularidad ni con certeza la magnitud del problema. El último estudio que se realizó en el 2004 en el país fue para establecer la situación de los ñiños dentro de sus hogares. La encuesta hecha a 18.997 familias reveló que en la zona urbana de Guayaquil en 6 de cada 100 casas hay hijos adoptados y 3 de cada 100 de ellos han recibido al menos, a un niño que encontraron en las calles de la ciudad.
Artículo 67.
"Concepto de maltrato.- Se entiende por maltrato toda conducta, de acción u omisión, que provoque o pueda provocar daño a la integridad o salud física, psicológica o sexual de un niño, niña o adolescente, por parte de cualquier persona, incluidos sus progenitores, otros parientes, educadores y personas a cargo de su cuidado". Se incluye el descuido grave o reiterado en la prestación de alimentos, atención médica, educación o cuidados diarios; y su utilización en la mendicidad.
Artículo 268.
"Investigación.- Este Código regula la investigación de la Policía y de la Oficina Técnica de la Niñez y la Adolescencia para la sustanciación de las investigaciones orientadas a: 1. Ubicar a los niños presuntamente perdidos, desaparecidos o plagiados; y, 2. Identificar y ubicar los lugares de residencia del padre, la madre o parientes dentro del tercer grado de consanguinidad ausentes o desaparecidos del niño, niña o adolescente".
8 DE 100
Hogares. Es la cifra que existe en el país, de familias que tienen por lo menos un hijo no biológico.
1 de 100
Familias. Es la cantidad de hogares que en la Costa, han criado como suyo, a al menos un niño que les regalaron.