Varias normas no se han aplicado por falta de leyes que las hagan prácticas.
La Comisión de Juristas del Consejo de Educación Superior (Conesup) llegó al acuerdo de incluir un artículo que regule la inconstitucionalidad por omisión en el borrador de Constitución que trabajan para la Asamblea Constituyente.
En la entrega publicada ayer se destacó el hecho de que un buen número de normas constitucionales no han sido llevadas a la práctica, por el desinterés de los parlamentos y los mandatarios, de dictar las leyes y reglamentos que vuelvan aplicables tales preceptos.
El planteamiento de la Comisión es que cuando los organismos caigan en mora y no legislen en torno a las disposiciones constitucionales que requieren leyes complementarias, el Tribunal Constitucional (o el organismo que asuma estas funciones) tenga la capacidad de llamar la atención al órgano público que no cumple.
Y además, darle un plazo perentorio de acuerdo con lo que determine la Constitución, y en caso de que no cumpla, establezca sanciones civiles o penales para los responsables.
Sin embargo, aún no se ha definido cuáles podrían ser estas sanciones, que irían desde las multas hasta la destitución del cargo.
En el contexto actual, esto podría acarrear la destitución de los diputados y del Presidente de la República y eso “es delicado”, afirmó el comisionado Iván Castro Patiño.
La que podría ser una nueva facultad para el TC debe ir acompañada del cambio en la designación de sus vocales, para que no obedezcan a juegos políticos, indicó Castro Patiño, quien además sugirió que el organismo de control constitucional asuma la redacción de las leyes en caso de que el Ejecutivo y el Legislativo no lo hagan. Esa facultad no la posee, actualmente, el TC.
Frente a esta propuesta el ex vocal del TC, Enrique Herrería, comentó que está en desacuerdo en que el Tribunal se vuelva un legislador porque entraría en conflicto con los otros dos poderes: el Legislativo y el Ejecutivo. Sin embargo, coincidió en que sería importante facultarle en el control frente a la inacción de los dos.
“Es indispensable distinguir que tal facultad es únicamente un medio de coacción y hasta de sanción, mas, no puede ser un creador de normas”, recalcó Herrería.
A esta opción, el constitucionalista Marco Albuja añadió que la Asamblea Constituyente que se instale en Montecristi (Manabí) debería redactar al menos cinco cuerpos de leyes orgánicas, con la intención de que no recaiga en el Congreso todo el peso, tras la aprobación de la nueva Carta Política del Estado.
La figura legal de la “inconstitucionalidad por omisión” ha sido incluida y regulada en países como Portugal, Brasil, Venezuela y Costa Rica, donde ha funcionado bien.
No obstante el verdadero cambio, coincidieron las fuentes consultadas, se operará con un cambio en la cultura democrática, para que no haga falta la sanción.