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Candidatos plantean evitar el abuso del recurso de amparo |
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| Martha Luzuriaga abraza a su madre, Aída Valle (d), después de la audiencia de amparo que se efectuó en la Corte Superior de Guayaquil el 16 de marzo del 2006 por el caso Manzanillo. | | |
| Julio 11, 2007
Asamblea. Agrupaciones proponen introducir nuevas figuras para proteger derechos.
Unos 6.000 amparos constitucionales se tramitan anualmente en los juzgados civiles y penales del país. La cifra se deduce de las 3.000 apelaciones que recibió el Tribunal Constitucional (TC) en el 2004, que representan el 50% del total, según un estudio efectuado por el jurista Luis Ávila, experto en Derecho Constitucional.
La figura fue establecida en la Carta Magna ecuatoriana –y es común en la región andina– para proteger a los ciudadanos de algún acto u omisión ilegítima de las autoridades.
Algunos juristas expresan, sin embargo, que hay abuso en su aplicación porque los jueces de primera instancia acogen y resuelven favorablemente amparos improcedentes. En unos casos por desconocimiento de la normativa constitucional y, en otros, por corrupción o intereses políticos.
La Constitución vigente establece otras dos figuras legales para garantizar la defensa de los derechos civiles: el hábeas corpus y el hábeas data.
Cualquier persona que se sienta ilegalmente privada de su libertad puede acogerse al primero; mientras que el segundo recurso se refiere al derecho de los ciudadanos a obtener información que sobre ellos repose en entes públicos.
El hábeas corpus lo conceden los alcaldes, situación cuestionada por algunos candidatos que dicen que la acción puede ser usada políticamente.
La Comisión de juristas del Consejo Nacional de Educación Superior (Conesup) recibió propuestas de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y la Asociación de Empleados del Tribunal Constitucional (TC) en las que se plantea limitar el amparo a ciertos casos.
Aunque el presidente Rafael Correa había planteado que la figura del amparo debía desaparecer por los supuestos abusos en su aplicación, la propuesta que entregó el Gobierno al Conesup propone fortalecerlo. Y habla de una mejora en la redacción que permita que los recursos puedan ser acogidos por cualquier juez del país.
Y plantea la creación de otras figuras: la inconstitucionalidad por omisión (que se refiere a sancionar a las autoridades que no apliquen normas de la Carta Magna), las acciones populares o de grupo y las de protección de los derechos étnicos y culturales (demandas para precautelar los derechos colectivos).
El Conesup habla, también, de establecer la acción de cumplimiento; es decir, una demanda para obligar a las autoridades a cumplir con la ley.
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