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eluniverso.com | 08h48

Juez demanda que se legalice juzgamiento en ausencia de detenidos

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Octubre 17, 2007

Con la ley interpretativa del artículo 169 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que aprobó ayer el Congreso Nacional, la mayoría de los presos que cometieron delitos como secuestro express, narcotráfico, violación, asesinato, entre otros, tendrá que acudir a juzgamiento. Así lo señaló esta mañana presidente de la Asociación de Judiciales, Ángel Rubio.

La Ley ha interpretado la realidad judicial, indicó Rubio antes de recordar que con la caducidad de la detención en firme, estipulada por el Tribunal Constitucional (TC), el detenido y los abogados ponen muchos pretextos y trabas para no salir a juzgamiento, dilatando así el proceso para beneficiarse de ello.

Ahora, con la Ley interpretativa se intenta frenar, a partir del próximo 23 de octubre, la salida de 3.589 internos que no han recibido sentencia en las cárceles del país.

Pero, también se hace necesario incluir reformas a la Constitución, una tarea para la Asamblea Nacional Constituyente, de acuerdo a Rubio. La actual Carta Magna contempla la caducidad de la detención en firme, algo que debe ser eliminado o restringido "al máximo" para que se cumplan los fines de la justicia, enfatizó el Juez en Citynoticias (89.3 FM en Guayaquil).

Sin embargo, entiende que habrá sus excepciones, pues existen casos de detenidos que deben acogerse a la ley que permite la salida de reos que llevan un año sin recibir sentencia, "pero la mayoría irá a los juzgados".

Rubio indicó que hay reos que llevan detenidos cinco años sin recibir sentencia. Por ello una de las reformas que sugiere debe hacerse es incluir el juzgamiento en ausencia del imputado, algo que se ha hecho en los casos de peculado.


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