La mayoría oficialista de la Asamblea, tras asumir las labores del Congreso, definió ayer cómo legislar. El voto dirimente y 22 atribuciones tendrá el presidente Acosta.
La Asamblea Constituyente aceleró ayer su ritmo y aprobó 19 artículos, entre ellos el que le permite aprobar leyes en un solo debate.
Los 88 votos que lo permitirán (artículo quinto) los dieron PAIS, MPD y Pachakutik.
También aprobaron una inmunidad condicionada para los asambleístas y once causales para que un asambleísta pierda su cargo.
El rechazo fue inmediato y la oposición (minoría de derecha) apeló a un pronunciamiento del Tribunal Constitucional en julio pasado, en el que señala que los plenos poderes no son para aprobar leyes ni designar funcionarios.
Las sugerencias de la oposición no fueron introducidas en el texto. Hubo cruce de palabras.
La Asamblea Constituyente asumió ayer la facultad del Congreso de aprobar leyes, las mismas que se tramitarán en un solo debate y sin la participación del Presidente de la República como colegislador. Así reza el art. 5 del reglamento de funcionamiento interno aprobado ayer con 88 votos de PAIS, MPD y Pachakutik.
El procedimiento determinado empieza por la mesa de Legislación que tratará los proyectos de ley y luego presentará un informe a la plenaria de la Asamblea, la que tiene tres días para realizar aportes.
Hechas las observaciones el proyecto de ley vuelve a la mesa, que con el plazo de dos días, elaborará un texto final que será puesto a consideración nuevamente del plenario y en caso de tener el apoyo mayoritario (66 votos) se entenderá aprobado y ordenará su promulgación en la Gaceta Constituyente y Registro Oficial.
Si el proyecto no tiene mayoría se lo volverá a discutir en ese mismo momento artículo por artículo.
Las reacciones de la oposición no faltaron, el asambleísta César Rohón (PSC) argumentó que se trata de “un golpe de muerte a la democracia, pues no se da la posibilidad de un segundo debate”.
Vicente Taiano (Prian) señaló que se trata de “un arma legal para una dictadura corporativa”, porque con la mayoría que tiene PAIS, todo se hará en el primer momento.
Frente a la resolución del Tribunal Constitucional del 5 de julio la que señala que los plenos poderes de la Asamblea no le facultan a designar funcionarios, juzgar personas o dictar leyes, César Rodríguez (PAIS), dijo que se trata de un asunto de juridicidad anterior y que esos mandatos “no les atan”. Y su coideario, Norman Wray manifestó que se trató de un “acto no motivado”, que no tiene peso de un fallo de demanda.
En tanto, el Presidente de la República pierde su capacidad de veto y sus iniciativas legales serán tratadas como las de cualquier otro ciudadano.
Inmunidad condicionada
Con 108 votos a favor (PAIS, MPD, RED), el pleno aprobó una inmunidad “condicionada” para sus integrantes.
El artículo 19 del reglamento interno dice que los asambleístas no podrán ser enjuiciados por sus votos, ni por las opiniones vertidas dentro y fuera del organismo, pero si imputan un delito a un tercero deben presentar denuncias en los órganos respectivos. Podrán ser detenidos en delito flagrante.
La calidad de asambleístas
El reglamento interno señala once causales para perder la calidad de asambleístas: no presentar declaración juramentada de bienes y el reporte de pago de impuestos del 2006; ausentarse sin pedir licencia por diez sesiones o cuatro días consecutivos; gestionar contratos o cargos públicos, son algunas de ellas.
Textuales
OPINIONES SOBRE LA CONSTITUYENTE
José Miguel Insulza
SECRETARIO DE LA OEA
“Esas asambleas que se definen fundacionales y que pueden hacer lo que les da la gana, me producen cierta aprehensión”.
Alberto Acosta
PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA
“No transformaremos Montecristi en una gran vulcanizadora que ponga una serie de remiendos a la actual Constitución”.