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Regulación sobre quema de viejos |
Diciembre 31, 2007
Según las normas del Municipio de Guayaquil, se podrá realizar la quema de años viejos únicamente sobre calles o avenidas pavimentadas con hormigón (cemento gris) o que sean rellenadas (cascajo), en veredas y en solares vacíos.
Está prohibida la quema de monigotes en las calles y avenidas de la ciudad que han sido asfaltadas o en cualquiera de las áreas regeneradas (adoquinadas).
El incumplimiento será sancionado de acuerdo con el artículo 272 de la Ley de Régimen Municipal, referente a la destrucción o sustracción de bienes de dominio público, con la detención de hasta siete días.
Los perjuicios ocasionados serán responsabilidad del propietario o arrendatario del predio más cercano al lugar donde se hizo la quema.
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